Los Niños y la Membresía

        La Junta Anual del Pacífico no tiene previsto la membresía por derecho de nacimiento. Desde nacimiento, todos los niños de la Junta están bajo su cuidado.
         Las Juntas deben estar atentas y responder a las necesidades de sus niños, muy particularmente a sus necesidades espirituales. Las Juntas tienen la responsabilidad de ayudar a que los niños desarrollen un sentido de seguridad en su relación con la Junta y en sus propias identidades como Amigos. Los niños llegan a estar conscientes de si mismos como Amigos, no sólo a través de su asistencia a la Reunión para Adoración y para instrucción religiosa, sino también a través de la amistad con adultos y de su participación en las actividades de la Junta.
         Algunas Juntas dentro de la Junta Anual del Pacífico y de otras Juntas Anuales, reconocen la Membresía Júnior, la cual los padres, o sólo uno de ellos o el niño, pueden solicitar en cualquier momento desde el nacimiento en adelante. Sin embargo, no existe la categoría de Membresía Júnior en la Junta Anual del Pacífico por el momento. La Membresía Júnior generalmente termina cuando el/la joven llega a la edad de 21 años, aun cuando él o ella puede solicitar la membresía adulta desde antes. Si un niño quien tiene membresía júnior es transferido a una Junta que no reconoce este tipo de membresía, se aplicará la práctica de la nueva Junta Mensual. Algunas Juntas Mensuales se refieren a todos los niños a quienes reconocen como parte de la comunidad como «Niños de la Junta». Como un adulto, un niño de cualquier edad se convierte en miembro por solicitud. La solicitud de membresía de una persona joven deberá ser considerada de acuerdo a los procedimientos normales de la Junta (Ver arriba, «Convertirse en Miembro»). Las Juntas deberán ser muy cariñosas con la solicitud de una persona joven asegurándose de que él o ella entienda el significado de la membresía y se sienta bienvenido(a) a participar en la vida de la Junta. Tomando en cuenta que hay etapas en la vida de cada persona, las Juntas no deben esperar que uno pueda hacer lo que otro a determinada edad.