Apéndice 1A

Recomendaciones para los Registros de las Juntas Mensuales

Los registros permanentes deberán incluir:

1. Cada Junta Mensual deberá conservar sus propias Minutas firmadas por el Secretario Presidente y por el Secretario de Actas. Las Minutas deberán incluir los informes del Tesorero y las cartas enviadas al cuidado de la Junta, ya sea en forma adjunta o bien incorporadas a las minutas.
2. Cualquier registro financiero que no esté incluido en las minutas: por ejemplo, copias de escrituras o de contratos.
3. Si la Junta está incorporada, los registros de incorporación y las minutas de las Juntas Anuales.
4. Una lista de la membresía de la Junta Mensual, actualizada anualmente por el Registrador de la Junta Mensual y referida, según se requiera, al Secretario de Estadística de la Junta Anual. Una lista de los matrimonios bajo el cuidado de la Junta (sean miembros o no).
5. Registros de membresía, activamente conservados, de miembros actuales o pasados, incluyendo registros de nacimientos, matrimonios, muertes y transferencias.
6. Registros de Instrucciones para Asuntos Finales.
7. Registros de membresía de miembros fallecidos o dados de baja.